Identificación

Fundación Reñma
Rut: 65.212.638-3
Organización sin Fines de Lucro
Representante Legal: Macarena Alejandra Fernández Garcés
Personalidad Jurídica N° 329541
Acreditación Resolución Exenta N°355 del 05 de abril del 2023
Domicilio Central: Enrique Soro N°1998 - San Pedro de la Paz
Región del Bio Bio

Información de la Estructura de Gobierno Corporativo

Directorio Fundador
Presidenta: Macarena Fernández Garcés
Secretaria: María Almazán Igor
Tesorera: Ximena Abalos Parra

Actualmente el directorio está compuesto por:

Macarena Fernández Garcés, Presidenta
María Almazán Igor, Secretaria
Ximena Abalos Parra, Tesorera
Marjorie Venegas Concha, Directora de Finanzas
Margarita Andrade Navarrete, Directora de Redes

Estructura Operacional - Organigrama

 

Sistema Medición de Satisfacción de los usuarios y resultados

Fundación Reñma para la medición de la satisfacción de los usuarios utiliza el instrumento de supervisión del Servicio Mejor Niñez.

Canal de Comunicación

Fundación Reñma ha establecido, canales de comunicación para:
Las familias, trabajadores terceros y/o representantes de los niños y niñas, que quieran realizar una queja, denuncia, informar o consultar cualquier situación que ocurra en nuestras residencias, puede hacerlo directamente con la Dirección del programa o a través del canal de denuncias en la página web a través del “Formulario de canal de denuncias”, que permite hacer entrega de la información de manera anónima o entregando sus datos de contacto para recibir una respuesta.
Las denuncias, son derivadas a un correo institucional a cargo de la dirección social, que remitirá las quejas y reclamos, a las áreas correspondientes o adoptará las medidas jurídicas que correspondan según el caso. Si existe algún hecho que afecte a un NNA, o que resulte eventualmente constitutivo de delito, se aplicará el respectivo procedimiento de resolución exenta N°155/2022 del Servicio de Protección Especializada.
Si los hechos involucran a un trabajador de la residencia se comunicará formalmente la situación a la Dirección de Personas a efectos de que se adopten las medidas correspondientes acorde a lo establecido en el Reglamento Interno de la Fundación y a lo que indica el Código del Trabajo.
Los NNA, conforme a su autonomía progresiva y derecho a ser oídos, cuentan con dos canales de denuncia:

Buzón de Opinión: Cada residencia cuenta con un buzón, en un lugar visible, accesible, común, acorde a la edad de los NNA y llamativo, en los cuales pueden realizar denuncias, quejas o cualquier comentario que les permita expresar adecuadamente su opinión. Esto puede ser realizado de forma anónima o entregando sus datos de identificación. Este canal se socializa con talleres explicativos de su funcionamiento y lo revisa el o la directora del programa, resguardando la confidencialidad del NNA y adoptando medidas para asegurar su protección integral. En caso de que lo relatado implique la develación de un hecho eventualmente constitutivo de delito se activará el respectivo procedimiento de la Resolución Exenta N°155/2022 del Servicio de Protección Especializada.

Toma de Relato: Los NNA pueden develar situaciones que los afecten, a cualquier funcionario o funcionaria de la residencia, incluso a trabajadores de la Casa Central de María Ayuda o a terceros ajenos a la residencia y a la institución. Ante esto, se establece un mecanismo adecuado y acorde a la edad de los NNA para la toma de relatos espontáneos, con posterior registro (en la bitácora y en un documento institucional guía para estos efectos), permitiendo la evaluación de los hechos por la Dirección del programa, quien activa el procedimiento correspondiente acorde a lo develado. Este canal es socializado a través de talleres explicativos de su funcionamiento y se aplica velando por los derechos de los NNA, de forma de mantener disponibilidad para acoger de inmediato lo que el NNA quiere decir; transmitir tranquilidad; dar credibilidad; reforzar al NNA el haber contado; dar espacio para continuar la conversación a futuro; comunicar al NNA que se tomarán medidas para su protección, evitando guardar secretos; agradecer la confianza; confortar al niño y ofrecer acogida si así es requerido. En caso de que lo relatado implique la develación de un hecho eventualmente constitutivo de delito se activará el respectivo procedimiento de Resolución Exenta N°155/2022 del Servicio de Protección Especializada, respetando los plazos ahí establecidos.
Información de Desempeño
 

 
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